El pasado 20 de julio, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el Reglamento (UE) 2023/1490 (Reglamento Omnibus VI) por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1223/2009 en lo que se refiere al uso en productos cosméticos de determinadas sustancias clasificadas como carcinogénicas, mutagénicas o tóxicas para la reproducción (CMR).
Este nuevo Reglamento cubre las sustancias clasificadas como sustancias CMR según el Reglamento Delegado (UE) 2022/692 de la Comisión (18ª ATP de CLP).
Así, el anexo II de sustancias prohibidas del Reglamento (CE) N.º 1223/2009 sobre productos cosméticos queda modificado de la siguiente manera:
El Reglamento será aplicable a partir del 1 de diciembre de 2023, sin periodos transitorios.
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