El 17 de septiembre de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento delegado (UE) 2026/2102 que modifica el anexo I del Reglamento (UE) 2023/1115 sobre Productos Libres de Deforestación (EUDR por sus siglas en inglés).
El EUDR establece obligaciones de diligencia debida para garantizar que determinadas materias primas y productos derivados del ganado bovino, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera no procedan de tierras deforestadas ni hayan contribuido a la degradación forestal. Estas obligaciones afectan a los operadores, operadores posteriores y comerciantes que introduzcan, comercialicen o exporten los productos incluidos en su anexo I.
Con el nuevo Reglamento delegado (UE) 2026/2102 se actualiza la lista de materias primas y productos sujetos al EUDR, entre los que se encuentran determinados productos que contienen aceite de palma o que se han fabricado a partir de ella, como son:
La ampliación de estos productos afecta al sector cosmético y de perfumería y responde a la presencia de derivados del aceite de palma en la cadena de suministro de la industria oleoquímica.
Los productos incorporados al anexo I quedarán sujetos al Reglamento a partir del 30 de diciembre de 2027. Por tanto, desde esa fecha, las empresas que introduzcan comercialicen o exporten estos productos deberán revisar su posición en la cadena de suministro y cumplir las obligaciones que les correspondan en materia de trazabilidad y diligencia debida.
Enlaces de interés:
Reglamento delegado (UE) 2026/2102
Webinar realizado por STANPA sobre el EUDR